Ley de Eutanasia
Ley de Eutanasia
El día 25 de junio de 2021 entra en vigor la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
El objeto de esta Ley es regular el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, el procedimiento que ha de seguirse y las garantías que han de observarse.
Esta Ley surge:
- Para dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista, a una demanda sostenida de la sociedad actual como es la eutanasia.
- Para hacer compatibles de un lado, los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral, y de otro, bienes constitucionalmente protegidos como son la dignidad, la libertad o la autonomía de la voluntad.
- Para legislar respetando la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables, lo que denominamos un contexto eutanásico.
- Para, mediante la posibilidad de objeción de conciencia, garantizar la seguridad jurídica y el respeto a la libertad de conciencia del personal sanitario llamado a colaborar en el acto de ayuda médica para morir.
A lo largo de su articulado recoge, de manera garantista, los requisitos necesarios para que las personas puedan solicitar la Prestación de ayuda a morir, las condiciones para su aplicación, así como el procedimiento que debe seguir y las garantías que han de observarse en la aplicación de la prestación.
A fin de facilitar un conocimiento general de esta Ley Orgánica, se hace un resumen en formato preguntas y respuestas.
Este documento se irá actualizando, ampliando y/o adecuando con información proveniente de la propia implantación de la Ley.
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